¿Qué se puede hacer y qué no en Cataluña a partir de este lunes?

Portal de l'Àngel de Barcelona, lleno de gente que realiza compras en plena campaña de Navidad.
Portal de l'Àngel de Barcelona, lleno de gente que realiza compras en plena campaña de Navidad.
Gemma Sánchez / ACN
Portal de l'Àngel de Barcelona, lleno de gente que realiza compras en plena campaña de Navidad.

El Govern de Cataluña anunció el viernes un endurecimiento de las restricciones de cara a la Navidad con el objetivo de frenar el crecimiento de los contagios de Covid-19 en la comunidad.

Las nuevas medidas entran en vigor este lunes 21 de diciembre y se mantendrán hasta el 11 de enero, con algunas excepciones en los días festivos. Así, ¿qué se puede hacer y qué no en Cataluña por Navidad?

¿Puedo entrar o salir de Cataluña?

No, salvo para visitar a familiares o allegados, además de las excepciones que ya se contemplaban anteriormente, como las obligaciones laborales, la asistencia a centros educativos o el desplazamiento hacia entidades financieras, entre otras.

¿Puedo salir de mi municipio?

Sí, pero la movilidad está permitida únicamente dentro de la misma comarca durante toda la semana, y no sólo durante el fin de semana, como antes. 

Esta medida también cuenta con algunas excepciones: una única burbuja de convivencia se podrá desplazar fuera de su comarca para visitar a familiares o para dirigirse a un punto fijo (como una segunda residencia o un hotel).

Por otra parte, la comarca de Alt Urgell y Andorra pasarán a considerarse una misma comarca, y seguirá las mismas restricciones que el resto.

¿Puedo ir a ver a familiares en los días festivos?

Sí. La movilidad estará permitida para visitar a familiares y allegados siempre y cuando no se superen las dos burbujas de convivencia.

Por otra parte, el máximo de personas permitidas en reuniones sociales vuelve a ser de seis, pero el Govern ha establecido una excepción para los días festivos (24, 25, 26 y 31 de diciembre y 1 y 6 de enero) en los que se permitirán reuniones de 10 personas siempre y cuando éstas sean, como mucho, de dos burbujas de convivencia distintas.

¿Se mantiene el toque de queda?

Sí, el toque de queda se mantiene entre las 22.00h y las 6.00h, pero el Govern ha establecido excepciones y alargará el toque de queda hasta la 1h en Nochebuena y Nochevieja (24 y 31 de diciembre) y hasta las 23h la noche de Reyes (5 de enero).

¿Puedo ir a cenar a un bar o restaurante?

No. Los bares y restaurantes sólo podrán abrir y servir al público entre las 7:30h y las 9:30h de la mañana y entre las 13h y las 15:30h del medio día. Por la noche, podrán ofrecer comida para llevar desde las 19h hasta las 22h en el caso de que el cliente vaya a recogerla y hasta las 23h si se trata de reparto a domicilio.

¿Puedo ir a un centro comercial?

Sí, los centros comerciales permanecerán abiertos como hasta ahora, manteniendo el 30% de aforo en sus comercios. Sin embargo, los gimnasios y locales de restauración que se encuentren dentro de estos espacios tendrán que cerrar

La portavoz del Govern, Meritxell Budó, ha aclarado que esta medida tiene el objetivo de que "la gente pueda ir a los centros comerciales a hacer las compras, pero no a pasar el día".

¿Puedo ir al gimnasio?

Sí. Se mantiene como hasta ahora el aforo del 50% en actividades al exterior y del 30% y con cita previa en interior. No obstante, a partir de ahora, será obligatorio llevar la mascarilla puesta en las actividades interiores (excepto las acuáticas). Esto significa que las actividades deberán limitarse a aquellas que sean adecuadas para realizarse con la mascarilla puesta.

¿Puedo ir al teatro?

Sí. Las actividades culturales podrán continuar con un 50% de su aforo con un máximo de 500 personas o 1.000 si la ventilación es óptima.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento